Por: Jorge Valladares Sánchez *
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En los años recientes se ha venido recrudeciendo en México una polarización de la opinión pública en relación con los temas del gobierno y la política. Acentuada sobre la percepción de que toda expresión puede ubicarse en uno de los extremos: a favor o en contra de lo que sea que diga o haga el Presidente de la República. Me refiero tanto a quienes tienen por ocupación o gusto suelen expresarse en medios masivos o redes electrónicas, como a otros millones de personas que con mayor o menor frecuencia lo hacemos, sea por reacción emocional o moral a algo que leemos, por entretenimiento eventual o porque de cuando en cuando creemos que escribirlo o grabarlo puede conseguir algo; sea el desahogo o algo más.
Quiero compartir tres posturas resultantes de ese tercer motivo, y luego pasar a escribir sobre el tema central de este comentario. 1. A la ciudadanía de poco o nada nos sirve ser parte de ese juego comunicativo, ya que no modifica realidades que nos importan, sí distrae a gobernantes de la labor por la que les pagamos y frecuentemente nos confronta con personas reales, con las que llegamos a afectar nuestras relaciones, mientras los/as lejanos actores políticos siguen tranquilamente sus carreras, sin importar nuestra situación u opinión. 2. La probabilidad de participar en una conversación útil, un análisis productivo o una discusión sana se reduce mucho cuando nuestra intervención parte de que toda la razón, la verdad o la bondad ya están ubicadas en una persona o postura. 3. Cada persona, padre, ciudadano/a tiene prioridades válidas y el derecho y necesidad de atenderlas para mejorar su vida y la de su gente; contratamos y pagamos a servidores públicos para ser en ello un soporte social, pero los temas que atienden normalmente coinciden poco, y resuelven menos, de lo que nos importa.
Situación Observable
¡Ya ocurrió! Fue el primer ejercicio de Consulta Popular en México como país; participaron el 7% de quienes podían hacerlo; en Tlaxcala y Tabasco se tuvieron los porcentajes más altos, 11%; Zacatecas y Chihuahua muy cercanos al 3%. En las entidades han ocurrido algunas decenas de Mecanismos de Participación Ciudadana (MPC) y las leyes que los regulan son más antiguas y diversas. En casos más conocidos como la Ciudad de México para la construcción de los segundos pisos (7%) y el Corredor Chapultepec (4%) o el ocurrido el año pasado en Chihuahua (9%) la participación ha sido similar, mientras que se ha superado un 40% sólo en casos de poblaciones pequeñas como en algunos municipales en Yucatán.
En esas circunstancias, tanto el INE como actores políticos del partido gobernante afirman categórica y entusiastamente que esta consulta fue un éxito enorme y dan amplio reconocimiento a quienes acudieron a opinar. Esta momentánea coincidencia contrasta con la polarización lamentable entre la población y las posiciones políticas en cuanto a los significados, implicaciones de los resultados e incluso las motivaciones de quienes participamos y no participaron ese domingo. El bajo porcentaje algunos/as se lo endosan al INE, otros/as al nulo apoyo del Ejecutivo y Legislativo para financiar y dar los tiempos adecuados, por allá culpan a la SCJN por la pregunta y acullá a cualquier grupo al que se sienten con derecho a descalificar por pensar diferente y apoyar lo que uno no apoya.
Tengo el honor de ser Coordinador Nacional la Red Cívica Mx, colectivo que ha analizado e impulsado los Mecanismos de Participación Ciudadana (MPC) en todo México. Son instrumentos que la ley contempla (como quiera que los regule) para que la ciudadanía participe directamente en decisiones muy importantes de la gobernanza. Por ejemplo, las grandes obras públicas (plebiscito), los cambios en la ley (referéndum), las acciones del gobierno en algún tema trascendental para “todos” (consulta popular), el destino de los recursos públicos (presupuestos participativos) y al menos 15 más. Digamos que el espíritu de que existan los MPC radica en darle poder directo a la ciudadanía sobre las decisiones y acciones de quien gobierna.
Aspectos Jurídicos
La Constitución Mexicana dispone tres maneras en las que la ciudadanía puede participar directamente en las decisiones que le tocan a quienes hemos contratado (elegido) para gobernar. La consulta popular, que además cuanta con una ley reglamentaria, con las limitaciones que podemos analizar. La revocación de mandato, que se incluyó recientemente de manera muy general y el Congreso no ha atendido la obligación que tiene de haber expedido ya la ley correspondiente. Y la poco conocida posibilidad que tenemos de proponer iniciativas de ley que el Congreso tenga que analizar y potencialmente legislar.
La Ley Federal de Consultas Populares define a la consulta como el instrumento para que la ciudadanía votando, al modo en que debe hacerse en una elección constitucional, tome parte de las decisiones de los poderes públicos, estableciendo este acto como un derecho y una obligación.
La CPEUM otorga a las instituciones electorales de los estados la facultad sobre la organización de los mecanismos de participación ciudadana (MPC) previstos en la legislaciones estatales. Constituciones y leyes locales prevén la realización de uno o más mecanismos de participación en 30 estados, siendo el Plebiscito el más frecuente. Un análisis que realicé hace un par de años indica que hay alrededor de 19 formas en que las leyes en México disponen la participación de la ciudadanía en las decisiones y acciones de gobierno, aunque en la mayoría de los estados sólo se establecen de 1 a 3 de ellos.
Aristas Sociales
En los estados existen en ley los MPC desde hace bastante más tiempo que en la federación. Pero son pocos y con regulaciones imprecisas, incompletas e incluso inoperables en muchos casos, lo cual contribuye a que en estas dos últimas décadas el mecanismo aplicado en más estados (y más presente en las leyes) sea el Plebiscito, con apenas una decena de estados que lo han implementado. La mitad de las entidades mexicanas no ha usado tales mecanismos y la mitad que si lo ha hecho se parte en dos entre los que sólo una vez y los que más de una vez lo han usado.
Así las cosas, es de entenderse que mucha, pero muuuucha, gente no sepa que existen, y si lo sabe, no sepa para qué o cómo funcionan, y si lo sabe, no tenga interés o claridad del potencial de estos instrumentos para propiciar que luego de votar por una persona para que administre lo público o nos represente, aún podamos decirle lo que sí o no debe hacer con nuestros recursos y leyes. Y aunque sepa que existen, cómo usarlos y su potencial, no tenga entre sus prioridades hacer algo al respecto. Es entendible también que se usen sin claridad los términos como consulta popular, plebiscito o iniciativa ciudadana y tenemos hasta ejemplos donde funcionarios de primer nivel, como el propio Presidente, ha usado los términos para referirse a acciones que muy poco tienen que ver con los mecanismos de participación ciudadana que la ley contiene como derechos de la ciudadanía para ejercer su poder (democracia).
Digamos que el espíritu de que existan los MPC radica en darle poder directo a la ciudadanía sobre las decisiones y acciones de quien gobierna, de una forma organizada, como hemos logrado que sean las elecciones constitucionales. Por ello, la esencia de su planteamiento en la ley, y la expectativa de que se usen, es a partir de que un conjunto de ciudadanos/as quiere plantear una postura distinta a la de quien gobierna y obtener el respaldo de la mayoría, para obligar a que esa postura lleve a una acción distinta; y claro, siendo democracia, si la mayoría no está de acuerdo, pues se hace lo que había previsto quien gobierna.
Ruta Ciudadana
La Consulta Popular 2021 usó recursos por más de 500 millones de pesos y ocupó una cantidad importante de horas públicas de diversos funcionarios, tanto los/as involucrados en su realización, como muchos otros/as que dedicaron su tiempo laboral a opinar o juzgar al respecto.
Como padre de familia, ciudadano, científico social y consultor en temas institucionales, mi apreciación sobre el beneficio de la Consulta Popular 2021, para la ciudadanía, tiene dos planteamientos.
1. ¿Esta consulta sirvió a su propósito? NO. No generó que la ciudadanía diera una instrucción directa a quienes gobiernan, que es para lo que según la ley, y la lógica, debería servir. En parte por no haber alcanzado el 40%, pero más importante porque de origen no servía a una intención ciudadana, por varios factores del proceso previo:
– no fue solicitada por la ciudadanía, y quien la solicitó, decía que no la quería y no participó.
– la pregunta original, que sí interesaba a la ciudadanía, no era constitucionalmente viable.
– la SCJN en vez de establecer la inconstitucionalidad, hizo intrincada la pregunta.
– oficialmente se dedicaron 15 días a difundirla, aunque meses a atacarla o distorsionarla.
– finalmente se preguntó si queremos que se haga algo que las autoridades deben hacer, pero deja margen a hacerse al menos 8 preguntas precisas.
– todos sabemos que investigar, probar e impartir justicia son obligaciones que tienen ciertas autoridades y no se consultan, se ejercen, si se decide cumplir con la función. Pero raramente sucede.
2. ¿Tiene algún beneficio colateral la consulta realizada? Esta Consulta sirvió si la llamamos Primera. Porque no hay primera sin segunda. Al usar el mecanismo que estaba en la Constitución desde 2012, queda abierta su factibilidad para participar en una decisión relevante y directa en 2022, pasando por la posibilidad de que se mejore la ley reglamentaria en favor de la factibilidad y pertinencia para la ciudadanía. Como ganancia colateral nos da escenario para calificar el desempeño de las autoridades participantes, el respeto de los/as actores políticos hacia la ciudadanía en sus apreciaciones y el uso sensato o tendencioso que den a los resultados.
Entonces, como ciudadanía podemos, si queremos, voltear la vista a este y otro MPC nacionales y los que tenemos en nuestros estados, exigir y cuidar que se mejore la ley y reglamentación para poder usarlos, decidirnos a usarlos para lo que importa a nuestras familias y comunidades, y subir ese 7% a la primera siguiente oportunidad. Como me gusta decir: nadie sabe lo que tiene, hasta que lo usa.
Frente al ruido y enfrentamiento de los/as actores políticos, nos haría bien, como ciudadanía, allegarnos de información precisa y entendible. Y aun más, posicionar nuestros temas de interés frente al discurso de todas aquellas personas a las que damos empleo y recursos para administrarnos o representarnos, de manera que respondan a preguntas tan directas como las que cabrían en una verdadera consulta popular.
Ejemplo: Está de acuerdo o no con dar medicamentos gratuitos a toda persona que lo requiera en el sistema de salud público. La mayoría responderá que sí, algunos/as responderán una evasiva, y pocos pasarán a explicar por qué no han logrado hacerlo, responsabilizándose. En cualquier caso, vayamos a la pregunta consecuente: ¿cuándo empezará a ocurrir eso? y ¿en qué teléfono darán solución inmediata si a cualquier solicitante le fallan en ese ofrecimiento?
Y así, en los temas que a cada persona, familia y comunidad más le apremien. Podemos entender que no alcance para todo, y que se hayan cometido errores o abusos en el pasado que compliquen las soluciones. Lo que no debemos permitirnos aceptar es que la agenda de quienes cobran por dar un servicio público siga siendo elegida y manejada sólo de acuerdo a sus intereses, personalidades o limitaciones. Sus intereses deben atenderse en su espacio personal con sus propios recursos, sus personalidades no se nos deben imponer y sus limitaciones o las superan o que cedan el lugar a alguien que sí esté listo/a.
Ahora empezará el bullicio con la revocación de mandato. Invoquemos y mandemos a nuestros servidores públicos que se dediquen a resolver los problemas para los que les contratamos, en el tiempo laboral por el que les pagamos; ya si gustan atiendan otros intereses en horario personal, como cualquier ciudadano/a tiene que hacerlo a diario.
Y procuremos leer lo básico que dice la ley sobre el tema, para decidir lo que haríamos y cómo lo haríamos si llega el momento de ejercer ese otro MPC. Lo digo así, porque lo que dice la Constitución sobre la revocación de mandato alcanza para que suceda, para que no, para incluir a gubernaturas y/o al Presidente; así como desde hace mucho también nos dice para qué y por cuánto tiempo le damos esos empleos a las personas que tanto luchan por que se los obsequiemos en una votación.
Al ojo del amo, engorda el caballo. Vigilemos que el servicio público que tanto nos cuesta sea servicio (atención, cuidado, protección) y sea público (visible para todos/as).