{"id":95245,"date":"2021-02-04T00:00:00","date_gmt":"2021-02-04T06:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/blog\/iniciativa-que-regula-el-tele-trabajo-o-home-office-57449"},"modified":"2021-02-04T00:00:00","modified_gmt":"2021-02-04T06:00:00","slug":"iniciativa-que-regula-el-tele-trabajo-o-home-office-57449","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/yucatan\/iniciativa-que-regula-el-tele-trabajo-o-home-office-57449","title":{"rendered":"Iniciativa que regula el tele trabajo o home office"},"content":{"rendered":"<p>Quienes suscriben, Diputadas Mar\u00eda de los Milagros Romero Bastarrachea, Silvia Am\u00e9rica L\u00f3pez Escoffi\u00e9, integrantes de la LXII Legislatura del H. Congreso del Estado de Yucat\u00e1n; con fundamento en lo dispuesto por el art\u00edculo 35 fracci\u00f3n I de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Yucat\u00e1n, y para efectos de lo establecido en el art\u00edculo 30 la fracci\u00f3n V de la misma norma, en este acto presento al Pleno y a la Mesa Directiva, INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DISPOSICIONES DE LA LEY PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES DEL ESTADO DE YUCAT\u00c1N, al tenor de la siguiente:<\/p>\n<p>EXPOSICI\u00d3N DE MOTIVOS<\/p>\n<p>Toda persona tiene derecho al trabajo,  este es la base para la realizaci\u00f3n de otros derechos humanos y para una vida en dignidad, incluye la oportunidad de ganarse la vida mediante una actividad libremente escogida.<\/p>\n<p>En la realizaci\u00f3n progresiva de este derecho, los Estados est\u00e1n obligados a garantizar la disponibilidad de orientaci\u00f3n t\u00e9cnica y profesional, y a tomar las medidas apropiadas para crear un entorno propicio para que existan oportunidades de empleo productivo. Los Estados deben garantizar la no discriminaci\u00f3n en relaci\u00f3n con todos los aspectos del trabajo.<\/p>\n<p>A medida que las tecnolog\u00edas avanzan, las generaciones no se quedan atr\u00e1s, los mecanismos se transforman y aparecen nuevas formas de organizarse y de trabajar, en estos tiempos de dificultad por una pandemia que afecta a la humanidad, los tiempos de adaptaci\u00f3n se hacen visibles.<\/p>\n<p>Las actividades laborales en el domicilio o Teletrabajo como se le ha denominado en la Ley Federal del Trabajo, se le define como una forma de organizaci\u00f3n laboral subordinada que consiste en el desempe\u00f1o de actividades remuneradas, en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patr\u00f3n, por lo que no se requiere la presencia f\u00edsica de la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo, en el centro de trabajo, utilizando primordialmente las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n, para el contacto y mando entre la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo y el patr\u00f3n.<\/p>\n<p>Esta modalidad no es de reciente aparici\u00f3n, ya que desde la d\u00e9cada de los a\u00f1os 70 cuando Jack Nilles, considerado el padre del teletrabajo, comenz\u00f3 a pensar en la optimizaci\u00f3n de los recursos no renovables; su primera idea fue llevar el trabajo al trabajador y no el trabajador al trabajo.<\/p>\n<p>Es por ello la importancia de potenciar esta herramienta para el desarrollo laboral de las personas en tiempos de dificultad, como lo es el COVID-19, ya que para garantizar la salud de los trabajadores, se vuelve una opci\u00f3n viable para evitar contagios y por ende no detener las actividades profesionales y laborales de la sociedad.<\/p>\n<p>El teletrabajo se debe desarrollar en  condiciones equitativas e igualitarias, para lo cual el Estado est\u00e1 obligado a garantizar salarios justos, igualdad de oportunidades, pero sobre todo se debe dar la participaci\u00f3n de ambos g\u00e9neros en las labores dom\u00e9sticas. Ya que para la realidad de muchas mujeres, la doble funci\u00f3n de labores es un hecho que se da en nuestra sociedad de manera directa, \u00f3sea por  una parte en su trabajo y por otra en el hogar, siendo de esta manera que quienes trabajan m\u00e1s durante el d\u00eda, somos las mujeres, lo que significa que la distribuci\u00f3n de actividades en casa no se divide en partes iguales, esto debido a que al g\u00e9nero femenino se le atribuyen estas funciones.<\/p>\n<p>Es decir, que una mujer que  tiene un empleo remunerado, las labores dom\u00e9sticas recaen en ella. De acuerdo con las estimaciones del INEGI, entre el trabajo, la familia y las tareas en casa las mujeres ocupan 77 horas cada semana; mientras que para los hombres la jornada es de 68 horas por semana.<\/p>\n<p>Las mujeres ocupadas y al mismo tiempo encargadas de la casa y de otros integrantes del hogar representan el 15% del total de la poblaci\u00f3n femenina mayor de 12 a\u00f1os; la cifra para los hombres baja al 10 por ciento.<\/p>\n<p>Casi ninguna mujer se dedica exclusivamente a su empleo, ya que en la realidad la brecha entre la condici\u00f3n de las ocupaciones entre hombres y mujeres es el que contempla a la poblaci\u00f3n que s\u00f3lo se dedica a actividades remuneradas en el mercado. En M\u00e9xico s\u00f3lo 2 de cada 100 mujeres son exclusivamente trabajadoras, en contraste con 26 de cada 100 hombres.<\/p>\n<p>Esta proporci\u00f3n evidencia la vulnerabilidad de la poblaci\u00f3n femenina en t\u00e9rminos laborales debido a que la proporci\u00f3n de hombres que tienen acceso a ingresos laborales y pueden deslindarse de actividades del hogar es 24% m\u00e1s alta que la de las mujeres.<\/p>\n<p>En el \u00e1mbito del g\u00e9nero existen dos grandes desaf\u00edos: Por un lado, sin una regulaci\u00f3n b\u00e1sica, el teletrabajo puede conducirnos a crear trabajos de primera y de segunda, seg\u00fan sean presenciales o no. Una especia de \u2018desvalorizaci\u00f3n social\u2019.<\/p>\n<p>Si al final la mujer es quien mayoritariamente acabe desarrollando el teletrabajo, ser\u00e1 ella la que quedar\u00e1 estigmatizada y la brecha de g\u00e9nero acabar\u00e1 por perpetuarse. Los muchos o pocos avances logrados hasta la fecha quedar\u00e1n en nada.<\/p>\n<p>Y en segundo lugar, si el trabajo no presencial es la opci\u00f3n tomada por las mujeres por la decisi\u00f3n mayoritaria de combinarlo con una mayor atenci\u00f3n a las tareas dom\u00e9sticas y familiares, el teletrabajo puede contribuir a perpetuar los techos de cristal. A nadie se les escapa que son precisamente las relaciones interpersonales las que, habitualmente, procuran la promoci\u00f3n profesional.<\/p>\n<p>La combinaci\u00f3n de trabajo y vida en el mismo espacio con frecuencia deja a los trabajadores, especialmente a las trabajadoras, en una situaci\u00f3n doblemente dif\u00edcil. En estos casos muchas mujeres se sienten culpables por no estar disponible para la familia aun estando f\u00edsicamente en el hogar y, ante sus clientes o empleadores, por no estar haciendo su trabajo mientras est\u00e1n atendiendo a la familia.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el trabajo de la mujer llevado a cabo en el hogar a menudo se percibe como poco serio, en cuanto al espacio que ocupan, mientras que los hombres teletrabajan en espacios profesionales dedicados a ello como oficinas o estudios dentro de la vivienda, las mujeres tienden a conformarse con espacios dom\u00e9sticos compartidos como la mesa de la cocina o la del sal\u00f3n.<\/p>\n<p>A diferencia del teletrabajo de los hombres, se espera que las mujeres que trabajan desde su casa integren a su trabajo, el cuidado de dom\u00e9stico y de los ni\u00f1os. Por \u00faltimo, por el hecho de trabajar desde casa, la mujer corre el riesgo de perder su voz e influencia en la empresa, adem\u00e1s de su visibilidad.<\/p>\n<p>Es por ello la importancia de precisar en esta iniciativa la distribuci\u00f3n equitativa e igualitaria en las funciones del hogar para ambos g\u00e9neros, para que ambos disfruten de las mismas condiciones y oportunidades, \u00f3sea evitar la perpetuaci\u00f3n de los roles de g\u00e9nero y fomentar la corresponsabilidad entre mujeres y hombres.<\/p>\n<p>Hago menci\u00f3n que a nivel internacional, existe una norma que regula el trabajo a domicilio o teletrabajo, la cual se manifiesta en el Convenio 177 de la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo, publicado en el a\u00f1o de 1996, cuyo fin es conservar la igualdad entre trabajadores en materia de no discriminaci\u00f3n, seguridad y salud, remuneraci\u00f3n, reg\u00edmenes legales de seguridad social, acceso a la formaci\u00f3n, protecci\u00f3n de la maternidad, entre otro.<\/p>\n<p>En otro tema, este tipo de actividad  posee entre otras ventajas menos estr\u00e9s, ahorros en transporte, menor uso de infraestructura con los consiguientes ahorros de mantenimiento, reducci\u00f3n en el ausentismo, por lo cual favorece para la econom\u00eda de las familias al no tener que hacer gastos a diario, de igual modo por el entorno como se mencion\u00f3 se da menos estr\u00e9s laboral y con ello mayor eficacia en el desarrollo de las actividades del trabajo.<\/p>\n<p>Cabe mencionar que, por esta situaci\u00f3n at\u00edpica, se dio un aumento exponencial de esta modalidad de empleo y como lo menciona Rosario P\u00e9rez, Editora Laboral de IDC Asesor Fiscal, Jur\u00eddico y Laboral, en art\u00edculo publicado el 27 de octubre de 2020 en la p\u00e1gina electr\u00f3nica IDC Online \u201ccito\u201d:<\/p>\n<p>\u201cLa pandemia ha llegado a transformar gran parte del c\u00f3mo nos desenvolvemos diariamente, y el trabajo no ha sido la excepci\u00f3n. El trabajo desde casa antes no era tan com\u00fan como lo es ahora. El home office ha pasado a ser la mejor manera de laborar, la cual evita la propagaci\u00f3n del virus SARS-CoV2 (COVID-19)\u201d.<\/p>\n<p>En conclusi\u00f3n el teletrabajo beneficia en muchos aspectos la vida de los trabajadores, pero sobre todo abre las puertas al progreso para las nuevas herramientas para el desarrollo en el \u00e1mbito profesional, es por ello la importancia de regular esta materia en el \u00e1mbito local para poder salvaguardar las condiciones de igualdad entre los g\u00e9neros.<\/p>\n<p>Por lo anterior expuesto, con fundamento en lo dispuesto en los art\u00edculos 36 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Yucat\u00e1n; 16 y 17 de la Ley de Gobierno del Poder Legislativo del Estado de Yucat\u00e1n, y 58, 68, 69 y 82 del Reglamento de la Ley de Gobierno del Poder Legislativo del Estado de Yucat\u00e1n, presento ante esta Soberan\u00eda esta INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DISPOSICIONES DE LA LEY PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES DEL ESTADO DE YUCAT\u00c1N, EN MATERIA DE TELETRABAJO, de conformidad con el siguiente proyecto de:<\/p>\n<p>DECRETO<\/p>\n<p>Art\u00edculo primero. Se reforma la denominaci\u00f3n del art\u00edculo 32 Bis para quedar como: \u201cDe la igualdad entre mujeres y hombres en la vida econ\u00f3mica y laboral estatal\u201d, se reforma el primer p\u00e1rrafo del art\u00edculo 32 Bis, se adiciona el pen\u00faltimo y \u00faltimo p\u00e1rrafo a la fracci\u00f3n primera del art\u00edculo 32 Bis, se adicionan las fracciones m, n y \u00f1 de la fracci\u00f3n segunda del art\u00edculo 32 Bis, todas de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Yucat\u00e1n, para quedar como sigue:<\/p>\n<p>Hago entrega a la Presidencia de este Congreso de la presente Iniciativa por escrito y en medio magn\u00e9tico, para el tr\u00e1mite correspondiente de ley.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Quienes suscriben, Diputadas Mar\u00eda de los Milagros Romero Bastarrachea, Silvia Am\u00e9rica L\u00f3pez Escoffi\u00e9<\/p>\n","protected":false},"author":1018,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"tdm_status":"","tdm_grid_status":"","footnotes":""},"categories":[21],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/95245"}],"collection":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1018"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=95245"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/95245\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=95245"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=95245"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=95245"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}