{"id":83303,"date":"2020-03-19T00:00:00","date_gmt":"2020-03-19T06:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/blog\/se-suspende-temporalmente-el-cobro-fisico-en-modulos-del-seafi-del-pago-del-derecho-por-canje-de-placas-44413"},"modified":"2020-03-19T00:00:00","modified_gmt":"2020-03-19T06:00:00","slug":"se-suspende-temporalmente-el-cobro-fisico-en-modulos-del-seafi-del-pago-del-derecho-por-canje-de-placas-44413","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/compeche\/se-suspende-temporalmente-el-cobro-fisico-en-modulos-del-seafi-del-pago-del-derecho-por-canje-de-placas-44413","title":{"rendered":"Se suspende temporalmente el cobro f\u00edsico en m\u00f3dulos del \u201cSEAFI\u201d del pago del derecho por canje de placas"},"content":{"rendered":"<p>En raz\u00f3n de la contingencia sanitaria ocasionada por el virus COVID-19, el Poder Ejecutivo del Estado de Campeche ha estimado necesario instrumentar acciones de salud, preventivas y restrictivas, as\u00ed como de car\u00e1cter fiscal y como parte de ellas se ha considerado suspender temporalmente el cobro f\u00edsico de derechos en los M\u00f3dulos del SEAFI por canje de placas a las y los contribuyentes del Estado, con la facultad que al Ejecutivo le confiere el art\u00edculo 3 del C\u00f3digo Fiscal del Estado de Campeche.<\/p>\n<p>Lo anterior en atenci\u00f3n a que la pandemia del COVID-19 es una emergencia sanitaria y social mundial que requiere acci\u00f3n efectiva e inmediata de los gobiernos y las personas minimizando la probabilidad de transmisi\u00f3n y el impacto en la sociedad.<\/p>\n<p>La determinaci\u00f3n anterior es consistente con las recomendaciones del Gobierno Federal en materia de sana distancia y, se toma con el fin prevenir mayor propagaci\u00f3n del virus en lugares concurridos, como son las \u00e1reas f\u00edsicas de cobro.<\/p>\n<p>La administraci\u00f3n gubernamental estatal tiene el m\u00e1s alto prop\u00f3sito de velar por la salud y apoyar la econom\u00eda de las familias campechanas con la finalidad de emitir las medidas sanitarias necesarias y, a su vez, ayudarles en sus obligaciones contributivas, sin que resulten afectados en su salud y econom\u00eda familiar y tampoco resulte afectada la hacienda p\u00fablica.<\/p>\n<p>Por lo anterior, se prorroga el est\u00edmulo fiscal otorgado mediante el Acuerdo del Ejecutivo del Estado de fecha 30 de enero de 2020, por concepto de subsidio por parte del Poder Ejecutivo del Estado, con vigencia determinada del 1\u00b0 de febrero de 2020 al 31 de marzo de 2020, pr\u00f3rroga que se ampl\u00eda hasta el d\u00eda 30 de abril de 2020, consistente en que el Estado de Campeche se har\u00e1 cargo de pagar el monto diferencial de la UMA vigente al 31 de enero de 2020, que es de $84.49 contra la vigente a partir del d\u00eda 1 de febrero de 2020, que se ubica en $86.88; subsidio estatal que aplicar\u00e1 al cobro de derechos por servicios que prestan las autoridades de tr\u00e1nsito de los municipios por juego de placas de circulaci\u00f3n, incluyendo calcoman\u00eda y tarjeta de circulaci\u00f3n del a\u00f1o establecidos en el art\u00edculo 74 de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Campeche. <\/p>\n<p>Aquellas y aquellos contribuyentes que opten por realizar su pago en l\u00ednea a trav\u00e9s del portal del Servicio de Administraci\u00f3n Fiscal del Estado durante el per\u00edodo de la suspensi\u00f3n temporal f\u00edsica de pago, podr\u00e1n acudir en el nuevo plazo comprendido del 20 al 30 de abril de 2020 a recoger su juego de placas de circulaci\u00f3n, incluyendo calcoman\u00eda y tarjeta de circulaci\u00f3n en los lugares establecidos.  <\/p>\n<p>Para mayor informaci\u00f3n ingrese a la p\u00e1gina <a target=\"_blank\" rel=\"nofollow noopener\" href=\"http:\/\/www.finanzas.campeche.gob.mx\">www.finanzas.campeche.gob.mx<\/a> y <a target=\"_blank\" rel=\"nofollow noopener\" href=\"http:\/\/www.seafi.campeche.gob.mx\">www.seafi.campeche.gob.mx<\/a> disponibles las 24 hrs. y los 7 d\u00edas de la semana, as\u00ed como en nuestras redes sociales Facebook, Twitter e Instagram como @seaficamp  y No. Telef\u00f3nico (981) 81-1-92-00 ext. 52503 y 52353.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En raz\u00f3n de la contingencia sanitaria ocasionada por el virus COVID-19,<\/p>\n","protected":false},"author":1018,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"tdm_status":"","tdm_grid_status":"","footnotes":""},"categories":[27],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/83303"}],"collection":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1018"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=83303"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/83303\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=83303"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=83303"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=83303"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}