{"id":72050,"date":"2018-12-18T00:00:00","date_gmt":"2018-12-18T06:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/blog\/diputada-dulce-maria-sauri-riancho-32269"},"modified":"2018-12-18T00:00:00","modified_gmt":"2018-12-18T06:00:00","slug":"diputada-dulce-maria-sauri-riancho-32269","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/yucatan\/diputada-dulce-maria-sauri-riancho-32269","title":{"rendered":"Diputada Dulce Mar\u00eda Sauri Riancho"},"content":{"rendered":"<p><b><\/b><\/p>\n<blockquote><p><b>Intervenci\u00f3n de la diputada federal por el Partido Revolucionario Institucional en la C\u00e1mara de Diputados, Dulce Mar\u00eda Sauri Riancho, para presentar dos iniciativas; la primera, con Proyecto de Decreto que reforma el art\u00edculo 89 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, y la segunda, con Proyecto de Decreto que reforma el art\u00edculo 13 de la Ley del Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria. Sesi\u00f3n ordinaria del martes 18 de diciembre de 2018<\/b><\/p><\/blockquote>\n<p>Gracias se\u00f1ora presidenta.<\/p>\n<p>Vengo a presentar dos iniciativas que pretenden poner la soluci\u00f3n a una antinomia presentada hace unos cuantos d\u00edas, en el proceso de ratificaci\u00f3n de los empleados superiores de Hacienda.<\/p>\n<p>Lo hago en nombre de mis compa\u00f1eros y compa\u00f1eras, Marco Adame Castillo, Mariana Dunyaska Garc\u00eda Rojas, Mar\u00eda Sara Rocha Medina, H\u00e9ctor Cruz Aparicio, Julieta Mac\u00edas R\u00e1bago, Lilia Villafuerte Zavala, y Lyndiana Elizabeth Bugar\u00edn Cort\u00e9s<\/p>\n<p>El 10 de febrero de 2014, fue publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n, el decreto por el que se reforman y adicional diversas disposiciones de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia pol\u00edtico-electoral.<\/p>\n<p>Esta reforma integral gener\u00f3 un cambio substancial respecto al esquema de nombramientos de funcionarios p\u00fablicos, particularmente a los art\u00edculos 74 y 76 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, para otorgar la facultad exclusiva a la C\u00e1mara de Diputados, de ratificar al Secretario de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y a los empleados superiores del ramo, eliminando la facultad al Senado de la Rep\u00fablica, de realizar dichos nombramientos. Por cierto, facultad que ten\u00eda el Senado desde 1987.<\/p>\n<p>Estas reformas atendieron principalmente a fortalecer y consolidar la atribuci\u00f3n constitucional que tiene esta C\u00e1mara en materia hacendaria, como es la de aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federaci\u00f3n, previo examen, discusi\u00f3n y en su caso modificaci\u00f3n de proyecto enviado por el Ejecutivo Federal, una vez aprobadas las contribuciones contenidas en la Ley de Ingresos.<\/p>\n<p>Sin embargo, la reforma de 2014, no modific\u00f3 la fracci\u00f3n tercera del art\u00edculo 89 de la Constituci\u00f3n, en el que se establece las facultades y obligaciones del Presidente de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>Significativamente nombrar con aprobaci\u00f3n del Senado, dice la actual fracci\u00f3n vigente, a los empleados superiores de hacienda.<\/p>\n<p>Cuando no se modific\u00f3 esta fracci\u00f3n ni se armoniz\u00f3 con todo el esquema de la reforma constitucional, se mantuvo la redacci\u00f3n que faculta al Senado para ratificar a los empleados superiores del ramo.<\/p>\n<p>Derivado de lo anterior, los art\u00edculos 74 y 89, se contraponen directamente ocasionando una antinomia jur\u00eddica.<\/p>\n<p>De modo ilustrativo, el jurista Eduardo Garc\u00eda M\u00e1ynez, precisa que la antinomia jur\u00eddica existe, cito: \u201ccuando dos normas de derecho de un mismo sistema se oponen contradictoriamente entre s\u00ed, teniendo h\u00e1bitos iguales de validez materia, espacial y temporal. Una permite y otra proh\u00edbe a un mismo sujeto la misma conducta\u201d. Fin de la cita.<\/p>\n<p>Esta antonimia qued\u00f3 rezagada de 2014, no podemos, compa\u00f1eras y compa\u00f1eros diputados, ser omisos ante esta situaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Nos corresponde una vez, que el proceso de ratificaci\u00f3n ha sido realizado conforme al art\u00edculo 74 constitucional, en tiempo y forma, que las pr\u00f3ximas legislaturas cuando se vean enfrentados a una situaci\u00f3n semejante, tengan claramente establecido y m\u00e1s all\u00e1 de toda duda, su funci\u00f3n constitucional de ratificar a los funcionarios superiores de Hacienda, comenzando por el Secretario del ramo.<\/p>\n<p>Y en relaci\u00f3n a la reforma a la ley del Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria, perm\u00edtanme decirles que el art\u00edculo 13 de dicho ordenamiento, mantiene tambi\u00e9n la facultad del Senado para ratificar al jefe o jefa del Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria.<\/p>\n<p>En este caso, habiendo enviado dicho nombramiento a la C\u00e1mara de Diputados, el Ejecutivo defini\u00f3 reconducirlo a la C\u00e1mara de Senadores para cumplir con el todav\u00eda vigente precepto del art\u00edculo 13 de la ley del Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria.<\/p>\n<p>En aras de la certidumbre jur\u00eddica que en general todo nombramiento de servidores p\u00fablicos debe tener, es necesario reformar dicho ordenamiento para que quede, sin lugar a dudas establecido, que es facultad exclusiva de la C\u00e1mara de Diputados ratificar el nombramiento de la o el jefe del Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria.<\/p>\n<p>Muchas gracias por su atenci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Intervenci\u00f3n de la diputada federal por el Partido Revolucionario Institucional en la C\u00e1mara de Diputados<\/p>\n","protected":false},"author":1018,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"tdm_status":"","tdm_grid_status":"","footnotes":""},"categories":[21],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/72050"}],"collection":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1018"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=72050"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/72050\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=72050"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=72050"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=72050"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}