{"id":22750,"date":"2022-08-30T00:00:00","date_gmt":"2022-08-30T06:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/blog\/la-uady-100-de-formacion-y-docencia"},"modified":"2024-02-23T13:36:29","modified_gmt":"2024-02-23T19:36:29","slug":"la-uady-100-de-formacion-y-docencia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/opiniones\/la-uady-100-de-formacion-y-docencia","title":{"rendered":"LA UADY, 100 DE FORMACI\u00d3N Y DOCENCIA"},"content":{"rendered":"<p>Discurso que pronunci\u00f3 el Lic. Ren\u00e1n Sol\u00eds S\u00e1nchez, abogado general de la Universidad Aut\u00f3noma de Yucat\u00e1n, en la ceremonia conmemorativa de los 100 de la fundaci\u00f3n de esa Casa de Estudios, el martes 30 pasado, en el Campus de Ciencias Sociales:<\/p>\n<p>La Universidad Nacional del Sureste, fundada en 1922 por impulso del gobernador de Yucat\u00e1n don Felipe Carrillo Puerto, tiene su inspiraci\u00f3n en la iniciativa de la Universidad Yucateca presentada por \u00e9l en 1918 en su car\u00e1cter de diputado, junto con sus compa\u00f1eros legisladores Arturo Sales D\u00edaz y H\u00e9ctor Victoria Aguilar.<\/p>\n<p> La Universidad Nacional del Sureste de M\u00e9xico naci\u00f3 con autonom\u00eda, por supuesto diferente a la que hoy conocemos, en aqu\u00e9l entonces el dise\u00f1o institucional no contempl\u00f3 el vocablo \u201caut\u00f3noma\u201d pero s\u00ed algunas libertades como consta en el art\u00edculo sexto del Decreto n\u00famero 15 de fecha 25 de febrero de 1922, en el cual se dispuso que \u201cpor esta primera y \u00fanica vez y mientras se establecen las pr\u00e1cticas universitarias, el Rector de la Universidad y los Directores de cada una de las Facultades que comprenden la misma, ser\u00e1n nombrados por el Gobierno del Estado\u201d.<\/p>\n<p>La Universidad Nacional del Sureste, durante sus primeros 100 a\u00f1os de vida tuvo las denominaciones siguientes: Universidad Nacional del Sureste de M\u00e9xico, en 1922; Universidad de Yucat\u00e1n, en 1938; nuevamente Universidad Nacional del Sureste, en 1951; Universidad de Yucat\u00e1n, en 1958, y Universidad Aut\u00f3noma de Yucat\u00e1n a partir de 1984.<\/p>\n<p> La Ley Org\u00e1nica de la Universidad Aut\u00f3noma de Yucat\u00e1n, vigente hasta el d\u00eda de hoy, fue expedida con base en las reformas constitucionales de fecha 9 de junio de 1980. El pasaje hist\u00f3rico reciente que da sustento a las reformas constitucionales y, por ende, a nuestra ley org\u00e1nica es la propuesta presentada por el rector de la Universidad Nacional Aut\u00f3noma de M\u00e9xico, Dr. Guillermo Sober\u00f3n Acevedo, al presidente de la rep\u00fablica Licenciado Luis Echeverr\u00eda \u00c1lvarez, la cual fue elaborada por dos destacados juristas doctores H\u00e9ctor Fix Zamudio y Jorge Carpizo MacGregor.<\/p>\n<p> Como consecuencia de lo anterior, el licenciado Jos\u00e9 L\u00f3pez Portillo, entonces presidente de M\u00e9xico, envi\u00f3 la iniciativa para reformar el art\u00edculo 3 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos y modificar la Ley Federal del Trabajo; por tanto, el 9 de junio de 1980 se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Decreto por el que se adiciona con una fracci\u00f3n VIII el art\u00edculo 3\u00ba de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos y se incorpora en la Ley Federal del Trabajo un cap\u00edtulo al que se le denomin\u00f3 \u201cTrabajo en las Universidades e Instituciones de Educaci\u00f3n Superior Aut\u00f3nomas por Ley\u201d.<\/p>\n<p>Con posterioridad, esto es, el d\u00eda 5 de marzo de 1993 se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n, otra reforma: el contenido \u00edntegro de la porci\u00f3n normativa VIII fue trasladado a la fracci\u00f3n VII vigente. En raz\u00f3n de lo anterior, hoy a 100 a\u00f1os de distancia, aun cuando la Universidad Aut\u00f3noma de Yucat\u00e1n cumple con sus fines, nada le impide mirar al pasado; es decir, sin abandonar la modernidad, innovaci\u00f3n, internacionalizaci\u00f3n y empleo de las herramientas tecnol\u00f3gicas que proporcionan los tiempos de ahora, quienes conformamos esta gran Instituci\u00f3n tenemos presente el pensamiento de su fundador, expresado en estas palabras imperecederas:<\/p>\n<p>Crear en el Estado una Universidad Regional con progresista orientaci\u00f3n, liberales estatutos y s\u00f3lidas bases, y que apart\u00e1ndose completamente del aparatoso ritual y del esp\u00edritu a\u00f1ejo y rutinario de las Universidades de tipo medioeval, constituya en el pa\u00eds un centro honorable de alta cultura cient\u00edfica en consonancia con todos los adelantos modernos, y para que difunda el saber s\u00f3lidamente entre los que tienen la noble misi\u00f3n de transmitirlo, es decir, entre los verdaderos maestros, pues, como alguien dijo, la ciencia, cual la luz clara y radiante, viene siempre de lo alto, y sus verdades se elaboran, cual la lluvia fecundante, en las regiones superiores; y as\u00ed, nuestra Universidad desempe\u00f1ar\u00e1 an\u00e1loga misi\u00f3n y distribuir\u00e1 la ciencia como una Eucarist\u00eda, a todas las almas llamadas a comulgar en sus sacros altares.<\/p>\n<p>En el aniversario 90 de nuestra Universidad, ante el Consejo Universitario y en sesi\u00f3n solemne propusimos medidas protectorias para la autonom\u00eda de la universidad p\u00fablica; una de ellas -la referente a la consulta obligada a las universidades antes de reformar su ley org\u00e1nica-, ya fue incorporada en el art\u00edculo dos de la Ley General de Educaci\u00f3n Superior, publicada en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el d\u00eda 20 de abril de 2021.<\/p>\n<p>Hoy, a 100 a\u00f1os de distancia, reitero una de las propuestas realizadas en el referido aniversario y que todav\u00eda no se recoge, esto es, la Suspensi\u00f3n Oficiosa Universitaria, consistente en que se otorgue a la universidad p\u00fablica la suspensi\u00f3n correspondiente, de manera oficiosa y sin depositar fianza alguna, cada vez que la instituci\u00f3n impugne o reclame actos que estime vulneren su autonom\u00eda.<\/p>\n<p>Y, hoy 30 de agosto de 2022, se sugieren dos nuevas medidas con el prop\u00f3sito de garantizar el cumplimiento de los fines de la universidad p\u00fablica aut\u00f3noma: 1. Incorporar el principio de progresividad en el presupuesto asignado a cada instituci\u00f3n, lo que significa que no podr\u00e1 ser inferior al del a\u00f1o anterior, y 2. Congruencia del Estado Mexicano, consistente en que ahora que ha determinado la gratuidad en la universidad p\u00fablica aut\u00f3noma, con lo cual coincido, no solo debe otorgar los recursos necesarios para el cumplimiento de los fines de la instituci\u00f3n, sino que est\u00e1 obligado a atender lo dispuesto en las leyes org\u00e1nicas de las universidades en el sentido de que sus actos no est\u00e1n gravados o bien est\u00e1n exentos de pagar impuestos.<\/p>\n<p>Distinguida concurrencia: Hoy, a 100 a\u00f1os de distancia, el interior del Estado merece m\u00e1s que una mirada universitaria, particularmente Motul. \u00bfPor qu\u00e9? porque es la ciudad que vio nacer a don Felipe Carrillo Puerto y porque es el pueblo en el que se forj\u00f3 nuestro fundador. Un motivo m\u00e1s, que ser\u00eda raz\u00f3n suficiente: \u201cMotul de Cepeda Peraza\u201d de 1878 a 1924, \u201cMotul de Carrillo Puerto\u201d de 1924 a 1933 y \u201cMotul de Felipe Carrillo Puerto\u201d de 1933 a la fecha, Motul de dos grandes 4 personajes de nuestra historia, que tienen en com\u00fan haber sido fundadores de dos s\u00f3lidas instituciones educativas: el general Manuel Cepeda Peraza, el Instituto Literario del Estado en 1867, y don Felipe Carrillo Puerto la Universidad Nacional del Sureste de M\u00e9xico, en 1922.<\/p>\n<p> La Universidad Aut\u00f3noma de Yucat\u00e1n, la casa de Carrillo Puerto, durante estos 100 a\u00f1os ha sido, es y seguir\u00e1 siendo la gran cuna de las profesiones de este rinc\u00f3n de la Patria, la gran cuna que cumple sus fines con Luz, Ciencia y Verdad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Luz, Ciencia y Verdad<\/p>\n","protected":false},"author":1181,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"tdm_status":"","tdm_grid_status":"","footnotes":""},"categories":[25],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/22750"}],"collection":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1181"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=22750"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/22750\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":37507,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/22750\/revisions\/37507"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=22750"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=22750"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=22750"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}