{"id":18954,"date":"2021-07-02T00:00:00","date_gmt":"2021-07-02T06:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/blog\/los-derechos-ciudadanos-por-encima-del-interes-politico"},"modified":"2024-02-23T10:24:37","modified_gmt":"2024-02-23T16:24:37","slug":"los-derechos-ciudadanos-por-encima-del-interes-politico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/opiniones\/los-derechos-ciudadanos-por-encima-del-interes-politico","title":{"rendered":"Los derechos ciudadanos,  por encima del inter\u00e9s pol\u00edtico"},"content":{"rendered":"<p>La revista peninsular <\/p>\n<p>El 28 de junio del 2021 es una fecha que trascender\u00e1 en la historia de nuestro pa\u00eds pues, en ese d\u00eda, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n (SCJN) aprob\u00f3 la declaratoria general de inconstitucionalidad respecto a los preceptos administrativos que prohib\u00edan el uso de marihuana para fines recreativos. Si bien, las consecuencias de esta acci\u00f3n en la vida de los ciudadanos parecen ser limitadas, sus implicaciones en nuestro sistema p\u00fablico son profundas.<\/p>\n<p>La SCJN concedi\u00f3 el primer amparo para uso de la marihuana con fines recreativos a finales del 2015 con el objetivo de salvaguardar la libertad de libre desarrollo. Este amparo surt\u00eda efectos para un individuo en particular, no para todos los mexicanos, y fue producto de un litigio estrat\u00e9gico emprendido por organizaciones civiles.<\/p>\n<p>Para el a\u00f1o 2018 se hab\u00edan concedido otros 4 amparos en el mismo sentido. Esto propici\u00f3 que, gracias a la figura de jurisprudencia por reiteraci\u00f3n, se publicara una jurisprudencia que permiti\u00f3 generalizar los efectos de los amparos a toda la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Con dicha jurisprudencia, la SCJN interpret\u00f3 como inconstitucionales los 5 art\u00edculos de la Ley General de Salud que proh\u00edben el uso recreativo de cannabis e instruy\u00f3 al Congreso de la Uni\u00f3n a legislar para remover estos preceptos de nuestro marco normativo. Asimismo, los ministros establecieron que la Comisi\u00f3n Federal para la Protecci\u00f3n contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) habr\u00eda de ser el \u00f3rgano encargado de emitir los permisos para el consumo de la planta.<\/p>\n<p>En tanto los art\u00edculos inconstitucionales no fueran removidos de la Ley General de Salud, el tr\u00e1mite para conseguir el permiso consist\u00eda en hacer el requerimiento a la COFEPRIS, la cual responder\u00eda con una negativa en concordancia con la ley. Posteriormente, el solicitante deb\u00eda promover un juicio de amparo en el cual apelara la negativa de la COFEPRIS y, dada la jurisprudencia, as\u00ed lograr\u00eda recibir una respuesta positiva a su tr\u00e1mite.<\/p>\n<p>El poder legislativo debi\u00f3 modificar la ley de acuerdo a lo establecido por la Corte desde el 2019, pero los senadores y diputados solicitaron 3 pr\u00f3rrogas e incumplieron cada uno de estos plazos. La \u00faltima pr\u00f3rroga se concedi\u00f3 el a\u00f1o pasado por motivos de COVID-19 y se les permiti\u00f3 a los legisladores resolver el tema antes del 30 de abril del presente a\u00f1o, lo cual no sucedi\u00f3.<\/p>\n<p>Durante el \u00faltimo periodo legislativo, el Senado envi\u00f3 al Congreso una iniciativa para legalizar la marihuana. El Congreso, conforme a sus facultades, hizo distintas modificaciones a la iniciativa por lo cual fue necesario que el proyecto regresara a la C\u00e1mara Alta para que los senadores decidieran si aceptar\u00edan los cambios de los diputados o insistir\u00edan en su proyecto original.<\/p>\n<p>El Senado opt\u00f3 por no tomar ninguna decisi\u00f3n y dej\u00f3 correr la pr\u00f3rroga dispuesta por el poder judicial sin solicitar una nueva. En otras palabras, ignoraron su obligaci\u00f3n de legislar y desacataron la instrucci\u00f3n de la SCJN, lo cual hizo necesario que los ministros volviesen a intervenir para hacer valer la declaratoria general de inconstitucionalidad que hab\u00edan establecido con la jurisprudencia del 2018.<\/p>\n<p>A pesar de que ninguno de los proyectos emitidos por las C\u00e1maras legislativas cumpl\u00eda con lo dispuesto por la Corte, diputados y senadores se culpabilizaron mutuamente por no presentar proyectos adecuados. Los diputados justificaron sus cambios por la insuficiencia del proyecto de los senadores, mientras que los senadores se rehusaban a aprobar los cambios propuestos por los diputados por ser contrarios a la Constituci\u00f3n; aunque ambos ten\u00edan raz\u00f3n en sus cr\u00edticas, la realidad es que ninguno de los proyectos garantizaba el libre desarrollo de la personalidad.<\/p>\n<p>Ante el incumplimiento de las C\u00e1maras, el Pleno de la SCJN hizo uso sus facultades legales para aplicar la declaratoria general de inconstitucionalidad sobre los art\u00edculos de la Ley General de Salud que prohib\u00edan la siembra, cultivo, cosecha y consumo del cannabis. Como limitantes a esta disposici\u00f3n, la Corte estableci\u00f3 que la planta no podr\u00e1 consumirse frente a menores, no podr\u00e1 consumirse en espacios p\u00fablicos donde haya terceros los cuales no expresen su consentimiento y, quienes la consuman, no podr\u00e1n operar veh\u00edculos ni maquinaria pesada o llevar a cabo actividades que pongan en riesgo la vida de terceros.<\/p>\n<p>Es importante aclarar que lo anterior no implica la legalizaci\u00f3n del uso o comercio de la marihuana en M\u00e9xico. La decisi\u00f3n de la SCJN elimin\u00f3 los preceptos administrativos que prohib\u00edan el uso recreativo de la planta, pero a\u00fan se mantienen vigentes las limitantes establecidas en el C\u00f3digo Penal Federal.<\/p>\n<p>Por otro lado, la acci\u00f3n de los ministros permitir\u00e1 que la COFEPRIS admita en primera instancia el permiso de quienes soliciten consumir recreativamente marihuana pues no existir\u00e1 norma administrativa que le faculte negar la solicitud. Adem\u00e1s, los ministros exhortaron al Congreso de la Uni\u00f3n a legislar sobre este tema con car\u00e1cter de urgencia, ya no para cumplir un plazo sino para brindar seguridad jur\u00eddica lo antes posible a consumidores y terceros.<\/p>\n<p>Las fuerzas pol\u00edticas m\u00e1s importantes del pa\u00eds se han expresado a favor de la decisi\u00f3n de la Corte, aunque es dif\u00edcil prever qu\u00e9 postura tomar\u00e1n desde el Senado y el Congreso despu\u00e9s de recordar su actuaci\u00f3n con respecto a este tema en los \u00faltimos 3 a\u00f1os. No ser\u00eda justo generalizar el desempe\u00f1o de todos los senadores y diputados, pero es necesario hacer ver que el vac\u00edo legal que hoy tenemos en nuestro sistema normativo es culpa de la falta de voluntad demostrada por el poder legislativo para cumplir con sus obligaciones constitucionales.<\/p>\n<p>Esperemos que el poder legislativo presente una legislaci\u00f3n la cual se encuentre a la altura de las circunstancias pues, despu\u00e9s de ignorar 3 pr\u00f3rrogas, est\u00e1 en deuda con la sociedad. Debemos exigir que la C\u00e1mara de Diputados y la de Senadores act\u00faen conforme a lo dispuesto por la SCJN porque, cuando un \u00f3rgano p\u00fablico da prioridad a los derechos sobre intereses pol\u00edticos, nos beneficiamos todos los mexicanos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La revista peninsular<\/p>\n","protected":false},"author":1037,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"tdm_status":"","tdm_grid_status":"","footnotes":""},"categories":[25],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18954"}],"collection":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1037"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=18954"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18954\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":34057,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18954\/revisions\/34057"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=18954"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=18954"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=18954"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}