{"id":16716,"date":"2020-09-17T00:00:00","date_gmt":"2020-09-17T06:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/blog\/consulta-popular-de-amlo-para-enjuiciar-a-cinco-ex-presidentes-mexicanos-lo-que-no-fue-y-no-sera"},"modified":"2024-02-22T23:27:55","modified_gmt":"2024-02-23T05:27:55","slug":"consulta-popular-de-amlo-para-enjuiciar-a-cinco-ex-presidentes-mexicanos-lo-que-no-fue-y-no-sera","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dralvarez.com.mx\/larevista\/opiniones\/consulta-popular-de-amlo-para-enjuiciar-a-cinco-ex-presidentes-mexicanos-lo-que-no-fue-y-no-sera","title":{"rendered":"Consulta popular de AMLO para enjuiciar a cinco ex presidentes mexicanos: Lo que no fue y no ser\u00e1\u2026"},"content":{"rendered":"<p><b>Por: Lic. Gabriel B. Centeno Canto.&nbsp;<\/b><\/p>\n<p>El pasado martes quince el Presidente de la Rep\u00fablica solicit\u00f3 de manera oficial al Senado el inicio del procedimiento para la realizaci\u00f3n de una consulta popular entre el electorado mexicano. En dicho requerimiento propone preguntar a los votantes si se debe enjuiciar o no a Carlos Salinas, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calder\u00f3n y Enrique Pe\u00f1a, quienes ostentaron la titularidad del Poder  Ejecutivo Federal entre los a\u00f1os 1988 y 2018. De manera inmediata, la C\u00e1mara Alta turn\u00f3 el documento en cuesti\u00f3n a la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n con el fin de que se pronuncie sobre su constitucionalidad dentro de los veinte d\u00edas naturales posteriores a la presentaci\u00f3n del escrito de referencia, es decir, a m\u00e1s tardar el pr\u00f3ximo lunes cinco de octubre.<\/p>\n<p>Pero, \u00bfQu\u00e9 es la consulta popular y qu\u00e9 tiene que ver con la materia electoral?<\/p>\n<p>La consulta popular es de los llamados mecanismos de democracia semi \u2013 directa, puesto que en ella los ciudadanos opinan y se pronuncian sobre ciertos actos que podr\u00edan o no realizar los gobernantes en turno, y no \u00fanicamente se trata de votar por aquellos representantes que al final toman decisiones en nuestro nombre y que de alguna manera afectan nuestra vida cotidiana (ejem., horarios de toque de queda, construcci\u00f3n del tren maya, ley seca, entre otros), cuesti\u00f3n que ata\u00f1e m\u00e1s bien a los elementos de la democracia representativa.<\/p>\n<p>A su vez es un derecho de los mexicanos establecido desde el nueve de agosto del a\u00f1o dos mil doce en el art\u00edculo 35 fracci\u00f3n VIII de nuestra Carta Magna, y cuya ley reglamentaria surge de las mesas revisoras del \u201cPacto por M\u00e9xico\u201d, siendo que finalmente se convirti\u00f3 en una iniciativa de ley propuesta por tres diputados federales del PAN, PRI y PRD, respectivamente, y finalmente publicada en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el catorce de marzo de dos mil catorce.<\/p>\n<p>Ahora bien, L\u00f3pez Obrador coment\u00f3 a finales de agosto en un evento en Reynosa, Tamaulipas que en caso de no reunirse el n\u00famero suficiente de firmas ciudadanas para solicitarse ante el Congreso de la Uni\u00f3n, \u00e9l mismo har\u00eda lo propio en base a las facultades legales que le asisten como Presidente de M\u00e9xico, lo cual desde luego ocurri\u00f3 y nos demuestra que en s\u00ed, result\u00f3 ser m\u00e1s un deseo personal que un genuino ejercicio ciudadano de inter\u00e9s nacional. Cabe se\u00f1alar que la fracci\u00f3n parlamentaria de MORENA hab\u00eda intentado lograr el 33% del apoyo de los senadores para iniciar este proceso, pero fracasaron al \u00fanicamente conseguirse quince firmas,  siendo que cuentan con el n\u00famero suficiente en ambas C\u00e1maras, pero ninguno de sus coordinadores parlamentarios, Ricardo Monreal y Mario Delgado, logr\u00f3 reunir los apoyos suficientes.<\/p>\n<p>En igual sentido se constituy\u00f3 un Comit\u00e9 Pro juicio a los ex presidentes encabezado por Omar Garc\u00eda, sobreviviente de la matanza a estudiantes de Ayotzinapa, quienes supuestamente entregaron 2.5 millones de firmas al Senado, sin embargo, estas no fueron utilizadas, es decir, tampoco se logr\u00f3 que el 2% de la lista nominal de electores fueran los que formalmente iniciaran este mecanismo de participaci\u00f3n ciudadana.  <\/p>\n<p>Por otra parte, por cuanto al m\u00e9rito sustantivo de la consulta, tampoco resulta ser constitucional y democr\u00e1tico el que un mandatario ponga a consideraci\u00f3n de \u201cel pueblo\u201d lo que en nuestro m\u00e1ximo ordenamiento se encuentra conferido de manera expresa como atribuciones exclusivas del Ministerio P\u00fablico y el Poder Judicial Federal, a saber, la investigaci\u00f3n de los delitos y la resoluci\u00f3n de juicios penales, por lo que confiamos el proyecto que habr\u00e1 de presentar el Ministro Luis Mar\u00eda Aguilar Morales ser\u00e1 en el sentido de declarar inconstitucional esta pretensi\u00f3n del Palacio Nacional, a todas luces de naturaleza medi\u00e1tica y pol\u00edtico \u2013 electoral, pues en un estado democr\u00e1tico y de derecho la justicia no se debe politizar, atendiendo al principio mostesquiano de divisi\u00f3n de poderes.<\/p>\n<p>As\u00ed que el deseo personal de AMLO no result\u00f3 ser un leg\u00edtimo ejercicio ciudadano\u2026 y tampoco ser\u00e1 constitucional. Al tiempo.<\/p>\n<p><b><i>Lic. Gabriel B. Centeno Canto<\/i><\/b><br \/><b><i>Director General<\/i><\/b><br \/><b><i>Centeno &amp; Contreras Consultores<\/i><\/b><br \/><b><i>contacto.electo@gmail.com<\/i><\/b><br \/><b><i>Tel. 9992005159<\/i><\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por: Lic. Gabriel B. 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